Recibir la resolución favorable de nacionalidad española es una gran noticia, pero el proceso no termina ahí. Después de la concesión, todavía queda un paso muy importante: pedir la cita para la jura de nacionalidad española y acudir al Registro Civil correspondiente para realizar el juramento o promesa.
Este trámite es obligatorio para que la adquisición de la nacionalidad tenga efecto. Según el Real Decreto 1004/2015, la persona interesada debe realizar las manifestaciones de jura o promesa en el plazo de 180 días desde el día siguiente a la notificación de la resolución.
En otras palabras: si ya tienes la nacionalidad concedida, no debes dejar pasar el tiempo. La jura es el puente entre la resolución favorable y la inscripción como ciudadano español.
¿Qué es la jura de nacionalidad española?
La jura de nacionalidad española es el acto en el que la persona que ha recibido la concesión declara formalmente su voluntad de adquirir la nacionalidad española.
Durante este trámite, normalmente se realiza una de estas dos fórmulas:
Jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes españolas.
Este requisito aparece recogido en el artículo 23 del Código Civil para los mayores de 14 años con capacidad para prestar la declaración.
Además, en algunos casos también se debe declarar la renuncia a la nacionalidad anterior, aunque existen excepciones importantes. Por ejemplo, los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y los sefardíes originarios de España están exceptuados de esa renuncia en los términos previstos por la normativa española.
¿Cuándo hay que pedir la cita para la jura de nacionalidad?
Debes pedir la cita después de recibir la resolución favorable de nacionalidad española. Lo recomendable es hacerlo cuanto antes, porque en algunos Registros Civiles las citas pueden tardar semanas o incluso meses.
El plazo importante que debes tener presente es este:
Tienes 180 días desde el día siguiente a la notificación de la concesión para realizar la jura o promesa.
No es suficiente con tener la nacionalidad concedida. Para que la adquisición sea válida, debe realizarse la jura o promesa y posteriormente inscribirse la nacionalidad en el Registro Civil español.

¿Dónde se pide la cita para la jura de nacionalidad española?
La cita debe solicitarse normalmente en el Registro Civil que corresponda a tu domicilio. Cada Registro Civil puede tener su propio sistema de cita, por eso es importante revisar la web oficial de tu comunidad autónoma o del Ministerio de Justicia.
Puedes comenzar por estas páginas oficiales:
Cita Previa del Registro Civil – Ministerio de Justicia
Sede Electrónica del Ministerio de Justicia – Cita previa Registro Civil
Consulta telemática de expedientes de nacionalidad española
Cómo va lo mío – Ministerio de Justicia
El Ministerio de Justicia indica que la cita previa del Registro Civil permite concertar cita para algunos trámites sin necesidad de desplazarse previamente al registro correspondiente.
Cita para la jura de nacionalidad en Madrid
Si vives en Madrid capital, debes revisar la información del Registro Civil Único de Madrid. La Comunidad de Madrid informa que existe cita para “preparación de juras de nacionalidad”, pero solo en determinados casos.
Según la Comunidad de Madrid, pueden solicitar cita para este trámite quienes tramitaron la nacionalidad presentando la documentación en el Registro Civil Único de Madrid o quienes la tramitaron telemáticamente y están empadronados en Madrid capital.
Puedes revisar la página oficial aquí:
Cita previa gratuita Registro Civil Único de Madrid
¿Qué documentos hay que llevar a la jura de nacionalidad?
La documentación puede variar ligeramente según el Registro Civil, pero normalmente conviene preparar lo siguiente:
- Resolución de concesión de la nacionalidad española
Es el documento que confirma que tu expediente fue resuelto favorablemente. - NIE o TIE en vigor
Lleva tu tarjeta de residencia actual. También es recomendable llevar copia. - Pasaporte en vigor
Mejor llevar el pasaporte original y copia de la página principal. - Certificado de empadronamiento actualizado
Algunos registros lo piden reciente para confirmar que perteneces a ese Registro Civil. - Certificado literal de nacimiento del país de origen
En muchos casos se revisa el documento que ya se aportó en la solicitud. - Certificado de antecedentes penales del país de origen
Puede ser requerido, especialmente si el Registro Civil necesita comprobar documentación del expediente. - Justificante de la cita
Lleva impresa o guardada en el móvil la confirmación de la cita. - Hoja de datos o formulario del Registro Civil
Algunos registros entregan o solicitan un formulario previo para preparar la inscripción.

Consejo práctico antes de ir a la cita
Antes del día de la jura, revisa que tus datos personales estén correctamente escritos:
- Nombre completo
- Apellidos
- Fecha de nacimiento
- Lugar de nacimiento
- Nombre de tus padres
- Nacionalidad anterior
- Domicilio actual
Un error en un nombre, apellido o fecha puede retrasar la inscripción posterior y afectar el momento en el que puedas pedir tu certificado literal de nacimiento español.
¿Se puede hacer la jura de nacionalidad ante notario?
Sí, en determinados casos la jura o promesa puede realizarse ante notario. Esta opción puede ser útil cuando no hay citas disponibles en el Registro Civil o cuando el interesado necesita avanzar más rápido.
Sin embargo, es importante confirmar si el notario es competente según tu domicilio y si el trámite está disponible para tu caso concreto.
¿Qué pasa después de la jura de nacionalidad?
Después de realizar la jura, el Registro Civil debe practicar la inscripción de la adquisición de la nacionalidad española. A partir de ahí, el siguiente documento clave es el certificado literal de nacimiento español.
El certificado literal de nacimiento es el documento que necesitarás para solicitar tu primer DNI y pasaporte español. Este documento acredita oficialmente el nacimiento, la fecha, el lugar y la filiación de la persona inscrita.
Puedes consultar o solicitar certificados desde la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia:
Certificado de nacimiento – Sede Electrónica del Ministerio de Justicia
¿Cuándo puedo pedir el DNI español?
Cuando ya tengas tu inscripción de nacimiento española y el certificado literal correspondiente, puedes pedir cita para la primera expedición del DNI.
Para obtener por primera vez el DNI hay que acudir a una Unidad de Documentación del DNI después de solicitar cita previa por internet o por el teléfono 060.
Enlaces útiles:
Cómo obtener el DNI – Ministerio del Interior

Errores frecuentes al pedir la cita para la jura de nacionalidad
1. Esperar demasiado después de la concesión
El error más común es confiarse. Muchas personas ven la resolución favorable y creen que ya todo está terminado. Pero sin jura e inscripción, todavía no se ha completado el proceso.
2. Pedir cita en un Registro Civil que no corresponde
Normalmente debes acudir al Registro Civil correspondiente a tu domicilio. Si pides cita en un registro equivocado, pueden no atenderte o pedirte que solicites cita en el correcto.
3. No llevar documentos originales
Aunque hayas presentado todo online, el Registro Civil puede pedir documentos originales para comprobar la información.
4. No revisar los datos personales
Un error en el nombre, apellidos o fecha de nacimiento puede generar retrasos en la inscripción y en la expedición del certificado literal.
5. No guardar justificantes
Guarda siempre la resolución, el justificante de cita, correos recibidos y cualquier comprobante del trámite.
Preguntas frecuentes sobre la cita de jura de nacionalidad española
¿La cita para la jura es obligatoria?
Sí. La jura o promesa es un paso necesario para que la adquisición de la nacionalidad española tenga efecto.
¿Cuánto tiempo tengo para hacer la jura?
El plazo general es de 180 días desde el día siguiente a la notificación de la resolución favorable.
¿Puedo hacer la jura si mi TIE está caducada?
Lo mejor es acudir con la documentación vigente. Si tu TIE está caducada, lleva el resguardo de renovación, pasaporte en vigor y cualquier documento que acredite tu situación. Aun así, conviene consultar con tu Registro Civil antes de la cita.
¿Qué pasa si no hay citas disponibles?
Debes seguir revisando el sistema de cita previa del Registro Civil correspondiente. En algunos casos, también puede valorarse la opción de realizar la jura ante notario, si procede en tu caso.
¿Después de la jura ya soy español?
La jura es un paso fundamental, pero después debe realizarse la inscripción en el Registro Civil. Cuando tengas el certificado literal de nacimiento español, podrás avanzar con el DNI y el pasaporte.

Importante
La cita para la jura de nacionalidad española es uno de los pasos más importantes después de recibir la resolución favorable. Es el momento en el que confirmas formalmente tu voluntad de adquirir la nacionalidad y se prepara la inscripción en el Registro Civil.
Si ya tienes la concesión, actúa rápido: revisa tu resolución, pide cita en el Registro Civil correspondiente, prepara tus documentos y no dejes pasar el plazo de 180 días.
Con la jura realizada y la inscripción completada, estarás mucho más cerca de tener tu certificado literal de nacimiento español, tu primer DNI y tu pasaporte español.
Fuentes oficiales recomendadas para el lector
Cita previa Registro Civil – Ministerio de Justicia
Sede Electrónica Ministerio de Justicia – Nacionalidad española por residencia
Consulta de expediente de nacionalidad
Cómo va lo mío – Ministerio de Justicia




