Arraigo social en España

Arraigo social en España: requisitos, documentos y pasos para solicitarlo

El arraigo social en España es una de las vías más importantes para que una persona extranjera pueda regularizar su situación cuando ya lleva tiempo viviendo en el país y ha creado vínculos familiares, sociales o de integración.

Con el nuevo Reglamento de Extranjería, el arraigo social ha cambiado. Actualmente, con carácter general, se exige haber permanecido en España durante al menos 2 años, no 3 como ocurría anteriormente en muchos casos. Además, la solicitud puede apoyarse en vínculos familiares con personas extranjeras residentes legales o, si no existen esos vínculos, en un informe favorable de integración social.

Toda esta información puede consultarse en la hoja oficial del Ministerio sobre arraigo social, donde se detallan los requisitos, documentos y forma de presentación de esta autorización.

En esta guía te explicamos qué es el arraigo social, quién puede pedirlo, qué documentos necesitas, cómo se presenta la solicitud y qué errores debes evitar.

Qué es el arraigo social en España

El arraigo social es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Está pensada para personas extranjeras que se encuentran en España, han permanecido en el país durante un tiempo mínimo y pueden demostrar vínculos con la sociedad española.

Según la información oficial sobre arraigo social del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, esta autorización puede concederse a ciudadanos extranjeros que se hallen en España durante un periodo mínimo de 2 años y tengan vínculos familiares en España o puedan justificar su integración social mediante un informe emitido por la Comunidad Autónoma o, en algunos casos, por el Ayuntamiento correspondiente.

La regulación básica se encuentra en la Ley Orgánica 4/2000 y en el Real Decreto 1155/2024, que regula las autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales, incluyendo las distintas modalidades de arraigo. Puedes consultar el texto normativo actualizado en el BOE del Real Decreto 1155/2024.

Requisitos para solicitar el arraigo social

Para pedir el arraigo social en España, la persona solicitante debe cumplir varios requisitos generales y específicos.

1. No ser ciudadano de la Unión Europea

El arraigo social está dirigido a personas extranjeras que no sean ciudadanas de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza. Tampoco debe tratarse de familiares de ciudadanos de estos países cuando les sea aplicable el régimen comunitario.

Este requisito aparece detallado en la hoja oficial del trámite de arraigo social.

2. Estar en España en el momento de la solicitud

La solicitud se presenta desde España. No es un permiso que se pida desde el país de origen a través de un consulado.

Además, la persona no debe tener la condición de solicitante de protección internacional en el momento de presentar el arraigo ni durante su tramitación. El tiempo como solicitante de protección internacional no computa para el arraigo hasta que exista una resolución firme en vía administrativa y, en su caso, judicial.

Este punto es especialmente importante para personas que han solicitado asilo o protección internacional y quieren saber si ese tiempo les sirve para el arraigo.

3. Haber permanecido en España durante al menos 2 años

Uno de los requisitos principales es acreditar una permanencia continuada en España durante al menos los 2 años anteriores a la presentación de la solicitud.

Para que esta permanencia se considere continuada, las ausencias de España durante ese periodo no pueden superar los 90 días.

No basta con decir que se ha vivido en España. Hay que demostrarlo con documentos. La propia hoja oficial de arraigo social recomienda aportar documentación que contenga los datos de identificación del solicitante y, preferentemente, documentos emitidos o registrados por administraciones públicas españolas.

4. Carecer de antecedentes penales

La persona solicitante debe carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido durante los últimos 5 años, por delitos existentes también en el ordenamiento jurídico español.

En la práctica, esto significa que normalmente se deberá aportar el certificado de antecedentes penales del país o países en los que se haya residido antes de entrar en España. Este documento debe estar legalizado o apostillado y, si corresponde, traducido.

5. No tener prohibida la entrada en España

También se exige no figurar como rechazable en países con los que España tenga convenio en ese sentido, no estar dentro del plazo de compromiso de no retorno si se asumió al retornar voluntariamente, y no representar una amenaza para el orden público, la seguridad pública o la salud pública.

6. No tener otra autorización de estancia o residencia

Otro punto importante es que la persona solicitante no debe ser titular de una autorización de estancia o residencia, ni tener determinados procedimientos abiertos sobre concesión, prórroga, renovación o modificación de autorizaciones de estancia o residencia.

Este requisito aparece regulado en el Real Decreto 1155/2024 publicado en el BOE, por lo que conviene revisarlo antes de presentar la solicitud si tienes otro trámite de extranjería en curso.

Vínculos familiares o informe de integración social

El arraigo social puede justificarse principalmente de dos formas: mediante vínculos familiares con residentes legales o mediante un informe de integración social.

Opción 1: Vínculos familiares con residentes legales

Puedes solicitar el arraigo social si tienes vínculos familiares con otras personas extranjeras que sean titulares de una autorización de residencia en España.

Los vínculos familiares que se tienen en cuenta son:

  • Cónyuge.
  • Pareja registrada.
  • Familiares en primer grado en línea directa, como padres o hijos.

Además, deben acreditarse medios económicos suficientes para el mantenimiento. Según el Ministerio, se debe alcanzar al menos el 100 % del IPREM para el solicitante y otro 100 % del IPREM respecto al familiar con residencia legal, en total un 200 % del IPREM.

Puedes revisar este requisito en la página oficial de arraigo social del Ministerio.

Opción 2: Informe de integración social

Si no tienes esos vínculos familiares, puedes acreditar tu arraigo mediante un informe favorable de integración social.

Este informe puede ser emitido por la Comunidad Autónoma o, en algunos casos, por el Ayuntamiento del lugar donde tengas tu domicilio habitual. El informe debe valorar aspectos como el tiempo de permanencia en el domicilio, los medios económicos y los esfuerzos de integración, por ejemplo, cursos, programas sociolaborales o actividades culturales.

La información oficial indica que este informe debe emitirse en el plazo máximo de un mes desde su solicitud. Si no se emite en plazo, y puedes acreditarlo, el requisito podría justificarse por otros medios de prueba.

Documentos necesarios para el arraigo social

La documentación puede variar según el caso, pero con carácter general deberás preparar lo siguiente.

Modelo EX-10

Debes presentar el modelo oficial EX-10, debidamente cumplimentado y firmado por la persona extranjera.

Puedes descargarlo directamente desde el Ministerio en el modelo oficial EX-10 para autorizaciones por circunstancias excepcionales.

Pasaporte completo

Se debe aportar copia completa del pasaporte, cédula de inscripción o título de viaje en vigor y reconocido como válido en España.

Aunque en algunos trámites se suele pensar solo en la página de datos personales, para extranjería es habitual que pidan copia completa del documento.

Pruebas de permanencia continuada en España

Debes demostrar que has permanecido en España durante al menos 2 años.

Algunos documentos útiles pueden ser:

  • Certificado histórico de empadronamiento.
  • Informes médicos de la sanidad pública.
  • Justificantes de citas administrativas.
  • Documentos emitidos por servicios sociales.
  • Certificados de cursos.
  • Documentos municipales o autonómicos.
  • Justificantes de envíos, trámites o registros oficiales.

Lo ideal es presentar pruebas repartidas en el tiempo, no solo documentos recientes. Cuanto mejor puedas demostrar tu presencia en España durante todo el periodo exigido, más sólido será tu expediente.

Certificado de antecedentes penales

Debes aportar el certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país o países en los que hayas residido durante los 5 años anteriores a la entrada en España.

Este documento debe estar legalizado o apostillado si procede, y traducido por traductor jurado si no está en castellano o en la lengua cooficial correspondiente.

Documentación de vínculos familiares o informe de integración

Si solicitas el arraigo social por vínculos familiares, tendrás que aportar documentos que acrediten ese vínculo, como certificado de matrimonio, inscripción de pareja registrada, certificado de nacimiento u otros documentos equivalentes.

Si no tienes esos vínculos, deberás aportar el informe favorable de integración social emitido por la Comunidad Autónoma o el Ayuntamiento competente.

Medios económicos

Cuando se solicita por vínculos familiares, hay que acreditar los medios económicos exigidos. Según la hoja oficial de arraigo social, los medios deben estar disponibles en España y alcanzar el porcentaje de IPREM exigido según el caso.

Si los medios proceden de una actividad por cuenta propia, se deberán cumplir requisitos adicionales vinculados al proyecto, licencias, capacitación profesional, inversión prevista y viabilidad.

Tasa 790 código 052

La persona solicitante debe abonar la tasa correspondiente. Para este trámite se utiliza la tasa 790 código 052, correspondiente a la tramitación de autorizaciones de residencia y otra documentación a ciudadanos extranjeros.

Puedes acceder al formulario oficial desde la Tasa 052 de la Sede Electrónica de Administraciones Públicas.

En el caso del arraigo social, el Ministerio indica que debe seleccionarse el epígrafe correspondiente a residencia temporal por circunstancias excepcionales por arraigo. El pago debe realizarse en el plazo de 10 días hábiles desde la presentación de la solicitud.

Legalización, apostilla y traducción de documentos

Si presentas documentos extranjeros, debes revisar dos cosas: legalización o apostilla, y traducción.

Los documentos públicos extranjeros deben estar legalizados por la Oficina Consular de España correspondiente o por el Ministerio de Asuntos Exteriores, salvo que estén apostillados conforme al Convenio de La Haya o estén exentos por convenio internacional.

Además, si el documento está en otro idioma, debe traducirse al castellano o a la lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud mediante traducción jurada.

Este es uno de los errores más frecuentes: presentar antecedentes penales, certificados de nacimiento o matrimonio sin apostilla, sin legalización o sin traducción jurada cuando corresponde.

Nacionalidad por residencia2
Nacionalidad por residencia2

Cómo solicitar el arraigo social paso a paso

Paso 1: Revisa si cumples los requisitos

Antes de empezar, confirma que llevas al menos 2 años en España, que tus ausencias no superan los 90 días, que no tienes antecedentes penales incompatibles y que no tienes otro procedimiento o autorización que pueda afectar a la solicitud.

Para evitar errores, conviene revisar directamente la información oficial del arraigo social antes de preparar el expediente.

Paso 2: Decide si lo presentarás por vínculos familiares o por informe de integración

Si tienes cónyuge, pareja registrada, padre, madre o hijo con residencia legal en España, revisa si puedes solicitarlo por vínculos familiares.

Si no tienes esos vínculos, pide el informe de integración social en tu Comunidad Autónoma o Ayuntamiento, según corresponda.

Paso 3: Reúne las pruebas de permanencia

No dejes este punto para el final. El expediente será más sólido si puedes demostrar tu presencia en España de forma continuada durante todo el periodo exigido.

El empadronamiento ayuda, pero no siempre es suficiente por sí solo. Es recomendable acompañarlo con otros documentos administrativos, sanitarios, formativos o sociales.

Paso 4: Prepara los documentos extranjeros

Solicita el certificado de antecedentes penales con tiempo. Después revisa si necesita apostilla o legalización y traducción jurada.

Si tienes certificados de nacimiento, matrimonio o pareja registrada emitidos en otro país, revisa también si deben estar apostillados, legalizados o traducidos.

Paso 5: Rellena el modelo EX-10 y paga la tasa

Completa el modelo oficial EX-10 y genera la tasa 790 código 052.

Recuerda seleccionar el epígrafe correcto para residencia temporal por circunstancias excepcionales por arraigo.

Paso 6: Presenta la solicitud

La solicitud puede presentarse presencialmente en la Oficina de Extranjería de la provincia donde tengas tu domicilio o de forma telemática.

Si tienes certificado digital, Cl@ve o representante autorizado, puedes presentar la solicitud a través de Mercurio, la plataforma de solicitudes telemáticas de autorizaciones de Extranjería.

También puedes consultar los trámites disponibles en la sección de Extranjería de la Sede Electrónica de Administraciones Públicas.

Paso 7: Espera la resolución

El plazo de resolución es de 3 meses desde el día siguiente a la fecha en que la solicitud haya entrado en el registro del órgano competente.

Si pasa ese plazo sin notificación, la solicitud puede entenderse desestimada por silencio administrativo.

Si la Administración detecta que falta documentación, puede emitir un requerimiento. En ese caso, es fundamental responder dentro del plazo indicado y aportar lo solicitado de forma ordenada.

Qué pasa si te conceden el arraigo social

La concesión del arraigo social lleva aparejada autorización para trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia en España, sin limitación de ámbito geográfico ni de ocupación durante su vigencia.

Después de la concesión, la persona extranjera debe solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero, conocida como TIE, en la comisaría de Policía correspondiente a su lugar de residencia.

Este trámite no se paga con la tasa 052, sino con la tasa correspondiente de la Policía para la expedición de la TIE. Puedes consultar las tasas de extranjería de la Policía Nacional en la Sede Electrónica de la Policía Nacional.

La autorización de arraigo social tiene una vigencia inicial de un año. Para la prórroga o modificación posterior, conviene revisar los requisitos aplicables según la situación laboral, familiar o económica de la persona solicitante.

Errores frecuentes al pedir el arraigo social

Presentar pocas pruebas de permanencia

Uno de los errores más habituales es aportar solo el empadronamiento. Aunque es un documento importante, conviene presentar más pruebas que demuestren la presencia continuada en España.

Confundir arraigo social con arraigo sociolaboral

El arraigo sociolaboral se basa principalmente en uno o varios contratos de trabajo. El arraigo social, en cambio, se apoya en vínculos familiares con residentes legales o en un informe de integración social.

Para evitar confusiones, puedes revisar la hoja oficial sobre arraigo sociolaboral, ya que sus requisitos no son los mismos que los del arraigo social.

No revisar antecedentes penales

El certificado de antecedentes penales debe estar correctamente emitido, vigente según el criterio aplicable, legalizado o apostillado y traducido cuando corresponda.

Presentar documentos extranjeros sin apostilla o traducción

Si un documento extranjero no está debidamente legalizado, apostillado o traducido, la Oficina de Extranjería puede requerir su subsanación.

No responder a un requerimiento

Si Extranjería solicita documentación adicional y no se responde en plazo, el expediente puede archivarse por desistimiento.

Por eso es importante revisar con frecuencia las notificaciones y, si presentaste la solicitud por vía telemática, estar pendiente de las comunicaciones electrónicas.

Preguntas frecuentes sobre el arraigo social

¿Cuántos años necesito para pedir el arraigo social?

Actualmente se exige haber permanecido en España durante al menos 2 años antes de presentar la solicitud. Las ausencias durante ese periodo no deben superar los 90 días.

Puedes comprobar este requisito en la hoja oficial de arraigo social.

¿Necesito contrato de trabajo para el arraigo social?

No necesariamente. El arraigo social no funciona igual que el arraigo sociolaboral. Puede solicitarse por vínculos familiares con personas extranjeras residentes legales y medios económicos suficientes, o mediante informe favorable de integración social.

¿Puedo pedir arraigo social si he solicitado asilo?

Si todavía tienes la condición de solicitante de protección internacional, no puedes solicitar el arraigo social en ese momento. Además, el tiempo de permanencia en España durante la tramitación de la solicitud de protección internacional no computa hasta que exista resolución firme.

¿Dónde se presenta la solicitud?

Puede presentarse en la Oficina de Extranjería de la provincia donde vive la persona solicitante o de forma telemática a través de Mercurio.

¿Cuánto tarda Extranjería en resolver el arraigo social?

El plazo general de resolución es de 3 meses desde el día siguiente a la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente.

¿El arraigo social permite trabajar?

Sí. La concesión del arraigo social lleva aparejada autorización para trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia durante la vigencia de la autorización.

Muy Importante

El arraigo social en España puede ser una buena opción para personas extranjeras que llevan tiempo viviendo en el país y quieren regularizar su situación. Sin embargo, es importante preparar bien el expediente, reunir pruebas suficientes de permanencia, revisar los antecedentes penales, acreditar los vínculos familiares o solicitar el informe de integración social cuando corresponda.

Antes de presentar la solicitud, consulta siempre la información oficial actualizada sobre arraigo social, descarga el modelo EX-10 oficial, genera correctamente la tasa 790 código 052 y revisa si puedes presentar el trámite online mediante Mercurio.

Un expediente claro, completo y bien documentado puede ayudarte a evitar requerimientos, retrasos y posibles problemas durante la tramitación.